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Si eres inquilino, reformas que sí puedes hacer en un piso de alquiler
2 Feb 26Cuando vivimos de alquiler es normal que, con el paso del tiempo, queramos adaptar la vivienda a nuestro gusto o a nuestras necesidades. Sin embargo, no todo vale. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece una regla básica: el inquilino no puede realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda sin el consentimiento del propietario. Pero hay más… Desde Fotocasa te aclaramos las reformas que SÍ puedes hacer en un piso de alquiler (sin meterte en líos)
Lo que el inquilino debe saber sobre reformar la vivienda de alquiler
Lo que el inquilino debe saber sobre reformar la vivienda de alquiler
Estar de alquiler no significa resignarse a vivir en un entorno que no va con tu estilo o está anticuado, pero sí implica conocer tus derechos y deberes.
Tres ideas básicas que te ahorrarán problemas:
El casero debe mantener la vivienda habitable. Reparaciones necesarias y estructurales no son cosa tuya.
Tú asumes el mantenimiento por uso normal. Pequeños desperfectos cotidianos suelen recaer en el inquilino.
Si cambias la configuración del piso, necesitas permiso por escrito.
Vivir de alquiler: ¿qué dice la ley sobre hacer reformas?
Cuando vivimos de alquiler es normal que, con el paso del tiempo, queramos adaptar la vivienda a nuestro gusto o a nuestras necesidades. Sin embargo, no todo vale.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece una regla básica: el inquilino no puede realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda sin el consentimiento del propietario. En concreto, el artículo 23 indica que cualquier actuación que altere la distribución, la estructura o las instalaciones del piso necesita autorización expresa y por escrito del casero.
Ahora bien, la propia ley deja margen para realizar pequeñas mejoras estéticas y reversibles, siempre que no se dañe la vivienda y que, al finalizar el contrato, se devuelva el piso en el estado original.
¿Qué reformas sí puedes hacer en un piso de alquiler según la ley?
De acuerdo con la ley, existen varias reformas que sí puede hacer un inquilino en un piso de alquiler siempre que no alteren la estructura ni las instalaciones de la vivienda. En este apartado repasamos qué cambios están permitidos y cómo hacerlos sin problemas legales.
Pintar las paredes (con matices)
Pintar es, probablemente, la reforma más habitual en un piso de alquiler y también una de las que más transforma el espacio. Legalmente no está prohibido, pero se recomienda pedir permiso al propietario y dejar constancia por escrito.
En la práctica, muchos contratos especifican que el inquilino debe devolver la vivienda en el mismo color en el que la recibió. Por eso, lo más habitual es acordar previamente con el casero si se podrá pintar y si será necesario volver a pintar al finalizar el alquiler.
Un piso entregado con paredes blancas puede pintarse en tonos neutros como beige o gris claro si hay acuerdo previo. Si no lo hay, una alternativa segura son los vinilos decorativos o el papel pintado removible, que se retiran sin dejar rastro.
Un piso entregado con paredes blancas puede pintarse en tonos neutros como beige o gris claro si hay acuerdo previo. Si no lo hay, una alternativa segura son los vinilos decorativos o el papel pintado removible, que se retiran sin dejar rastro.
Decoración de «quita y pon»»: personalizar sin obras
Todo lo que sea decoración móvil y no implique obra ni resultados permanentes está permitido. Las soluciones más utilizadas y efectivas pasan por jugar con los textiles y objetos decorativos. Toma nota:
Recurre a las alfombras XXL para cambiar visualmente el suelo.
Cambia las cortinas, estores y textiles decorativos, como los cojines.
Usa lámparas de pie o de sobremesa con estilo y personalidad. La iluminación también decora.
Los cuadros apoyados en muebles o paredes en lugar de colgados resultan modernos y evitan agujeros en las paredes.
Son cambios totalmente reversibles que permiten adaptar la vivienda a nuestro estilo sin tocar elementos fijos.
Colgar cuadros y estanterías pequeñas
Colgar cuadros o alguna balda ligera suele considerarse un uso normal de la vivienda. Aun así, conviene hacerlo con moderación.
Recomendamos priorizar sistemas adhesivos sin taladro y, si se hacen agujeros, que sean pocos y se reparen al finalizar el contrato. Muchos conflictos al devolver un piso de alquiler tienen que ver precisamente con paredes dañadas.
Cambiar el suelo sin obras
Si el suelo es antiguo o poco atractivo, existen soluciones pensadas específicamente para viviendas en alquiler. La clave es que no estén pegadas ni fijas de forma permanente.
Las más habituales son:
Suelos vinílicos tipo clic, colocados sobre el suelo original.
Alfombras grandes que cubren buena parte de la superficie.
Tapetes en zonas concretas, como pasillos o distribuidores y zonas de paso.
Este tipo de soluciones se pueden retirar al marcharse, dejando el suelo original intacto.
Pequeños cambios en cocina y baño
Cocina y baño suelen ser las estancias que más queremos renovar, pero también las más delicadas. Aquí la ley es clara: no se pueden modificar instalaciones de agua, gas o electricidad sin permiso.
Aun así, hay pequeños cambios permitidos:
Vinilar o panelar frentes de armarios o electrodomésticos.
Cambiar tiradores (guardando siempre los originales).
Reparar grifos.
Cambiar bombillas y poner tiras de led adhesivas bajo los muebles, para una iluminación ambiental cálida y puntual.
Añadir muebles auxiliares u organizadores sin anclaje.
Cambiar la cortina de la ducha o accesorios decorativos.
Son detalles, pequeños gestos, que modernizan mucho el espacio sin afectar a la vivienda de forma estructural.
Muebles y elementos desmontables
Todo lo que puedas poner y quitar sin dejar huella es una apuesta segura en un piso de alquiler. Estanterías sin anclaje, muebles modulares o soluciones de almacenaje móviles entran dentro del uso normal de la vivienda y no requieren autorización.
Qué reformas NO se pueden hacer sin el permiso del casero
Para evitar problemas, conviene recordar qué actuaciones no están permitidas sin autorización expresa:
Tirar o mover tabiques.
Cambiar la distribución de la vivienda.
Modificar instalaciones eléctricas, de agua o gas.
Sustituir ventanas o puertas exteriores.
Colocar suelos o alicatados permanentes.
Estas actuaciones se consideran obras que alteran la configuración del inmueble y, según la LAU, requieren consentimiento del casero.
Reforma tu piso de alquiler con cabeza
Como inquilinos, sí podemos hacer reformas en un piso de alquiler, siempre que sean estéticas, reversibles y no afecten a la estructura ni a las instalaciones. Leer bien el contrato, pedir permiso cuando sea necesario y pensar en cómo devolveremos la vivienda al marcharnos es la mejor forma de evitar conflictos y proteger la fianza.
Con pequeños cambios inteligentes y estratégicos, es posible transformar un piso alquilado en un hogar cómodo y con personalidad, sin salirse de lo que marca la ley.
Fuente:fotocasa**
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