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Trámites que debes hacer al cancelar tu contrato de alquiler

10 Nov 23
Has encontrado otra vivienda que se ajusta a tu situación personal actual, necesitas cambiar de zona por un traslado de trabajo, quieres dejar el piso de alquiler tras finalizar la relación con tu pareja o estás inmerso en la compra de tu futura propiedad.
Existen distintas situaciones que pueden llevarte a cancelar un contrato de alquiler y recuperar la fianza antes de la fecha de fin de contrato. Eso sí, como inquilino podrás rescindir el contrato siempre que hayan pasado seis meses desde la firma y avises al casero con un mes de antelación.
Desde Fotocasa, resumimos los cinco trámites que debes realizar para poner fin a tu arrendamiento y garantizar que la cancelación se gestiona de manera adecuada. 

5 trámites para cancelar un contrato de alquiler correctamente

1- Notificar por escrito al propietario

De acuerdo con artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): «El arrendatario (inquilino) podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador (propietario) con una antelación mínima de treinta días«.
Por lo tanto, para evitar la penalización por finalizar el contrato de alquiler anticipadamente deberás preavisar al casero de que tienes intención de dejarla con, al menos, 30 días de antelación. Lo más aconsejable es dejar constancia mediante una notificación por escrito, que debe incluir la fecha concreta en la que planeas dejar la vivienda. 

Si, en tu caso, necesitas dejar la vivienda cuando tu contrato de alquiler aún no ha cumplido los seis meses, deberás asumir una indemnización, que corresponde a un mes de renta por cada año del contrato que quede sin cumplir.

2- Haz fotos del estado en el que dejas la vivienda

Ya has notificado al propietario tu intención de finalizar el arrendamiento. Ahora, aprovecha para documentar el estado en el que dejas el piso para evitar problemas en el futuro. Toma fotografías o vídeos de todas las estancias, del estado de los muebles… Estas evidencias te servirán para corroborar el estado en el que entregas el inmueble tras ponerle fin a la relación y poder recuperar la fianza del alquiler si te corresponde.

3- Dejar por escrito la fecha de entrega de las llaves

En el momento de encontrarte con el propietario para llevar a cabo la entrega de llaves de la vivienda, deberéis firmar un documento por escrito conforme ya se han entregado las llaves, indicando la fecha para que no haya dudas ni problemas en el futuro. Para realizar este trámite, deberás personarte tú mismo, con el fin de garantizar que ambas partes están presentes en la entrega para inspeccionar el estado del piso.
En el documento de fin de alquiler se debe indicar por escrito la finalización del contrato y cómo y cuándo se gestionará la devolución de la fianza. 

4- Gestionar el cambio de titular de los suministros

Según establece la LAU, conviene que el titular de los suministros de una vivienda de alquiler sea el inquilino. Ahora bien, ¿cómo gestionar el cambio de titularidad de los suministros tras finalizar el contrato? En este momento, se deben acordar cuáles serán los pasos a dar para gestionar la baja o el cambio de titularidad para hacer frente a los últimos pagos. Se pueden pactar varias cosas:
Esperar a que el próximo inquilino ponga los suministros a su nombre. Una opción es esperar a que la vivienda se alquile para que el nuevo inquilino proceda a cambiar la titularidad de los suministros durante el primer mes de arrendamiento. En este caso, propietario e inquilino deben acordar el traslado del pago de lo correspondiente por cada recibo.
Que el casero ponga los suministros a su nombre. A veces, el proceso de encontrar nuevo inquilino puede demorarse varios meses, por lo que puede ser más conveniente que el propietario tramite el cambio de titularidad a su nombre.
Dar de baja los suministros. Finalmente, otra solución es dar de baja los suministros, sin embargo, no es lo más aconsejable, ya que el nuevo titular o propietario deberán volver a pagar para solicitar el alta. 

5- Notificar conforme se ha recibido la fianza

El inquilino tiene derecho, según la LAU, a recibir la fianza en un plazo de 30 días naturales desde la entrega de llaves, siempre que le corresponda. Si tienes derecho a recibirla al no haber causado daños en la vivienda ni dejar rentas impagadas, una vez la recuperes, notifica al propietario conforme la has recibido y dejar constancia de que todo está en orden. 

Fuente: Fotocasa ** 

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