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¿Qué beneficios fiscales tiene una cooperativa de viviendas?

9 Nov 20

Las cooperativas tienen un régimen fiscal más beneficioso por ser entidades especialmente protegidas

 Las cooperativas sólo pagan el 5% de la cuota del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y están exentas de pagar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) en determinados actos de constitución y aplicación de capital, así como préstamos. Además, la cuota del IBI de las sociedades cooperativas tienen una exención del 95%. Por otro lado, su Impuesto de Sociedades sólo es del 20%. Por si esto fuera poco, las sociedades cooperativas pueden tener una bonificación del 50% de la cuota íntegra por las cuotas negativas de ejercicios anteriores pendientes de compensar.

Estos beneficios fiscales repercuten beneficiosamente en el precio final de venta de las viviendas en régimen de cooperativa permitiendo que éste sea menor.

Las cuentas de la cooperativa de viviendas son auditadas por una empresa autorizada para realizar dichos trabajos. Esta empresa es ratificada por la Asamblea General. De esta manera se garantiza la legalidad y transparencia. A su vez, las cuentas deben ser presentadas y explicadas por la Asamblea General a los socios cooperativistas.

Beneficios fiscales para sus socios

¡Sí, los socios cooperativistas también tienen beneficios fiscales! Las cantidades que los socios aportan a la cooperativa de viviendas para convertirse en adjudicatarios de una vivienda son desgravables en su declaración de la renta.

Además, la adquisición de una vivienda mediante el régimen de cooperativa no es incompatible con los beneficios fiscales de su cuenta de ahorro vivienda.

*fFuente: Lacoop.com

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